- La iniciativa de Nora Merino, del PT, plantea penas de prisión para contratantes, intermediarios y prestadores de servicios; la mujer gestante quedaría excluida de responsabilidad penal y sería reconocida como víctima.
La prohibición que propone la diputada Nora Yessica Merino Escamilla no se limita a los acuerdos comerciales. Su iniciativa busca impedir la gestación subrogada incluso cuando no exista una contraprestación económica y establecer sanciones para quienes organicen, financien, promuevan o intervengan en estos procedimientos.
El proyecto de la legisladora del Partido del Trabajo plantea modificar la Ley General de Salud, la legislación en materia de trata de personas y el Código Penal Federal. Su alcance comprende desde el acuerdo para gestar por cuenta de otra persona hasta la entrega del recién nacido, con responsabilidades diferenciadas para contratantes, establecimientos, intermediarios y profesionales.
En la propuesta, la gestación subrogada se define a partir de un acuerdo celebrado antes o durante el embarazo, mediante el cual se pretenda entregar a la persona nacida a alguien distinto de la mujer que la gestó o establecer su filiación a favor de terceros. La ausencia de pago no excluiría la práctica de la prohibición.
Uno de los cambios centrales sería incorporar la explotación reproductiva a la ley contra la trata de personas. Para ese supuesto, la iniciativa contempla de 15 a 25 años de prisión y de 2 mil a 30 mil días multa a quien consiga que una mujer geste para sí o para un tercero con el propósito de recibir a la persona nacida o determinar su filiación a favor de alguien distinto de la gestante.
Esa misma sanción alcanzaría a quienes capten, recluten, trasladen, alojen o retengan a una mujer con esa finalidad, así como a quienes intermedien, promuevan, financien o publiciten la práctica. También incluiría a personal de salud y fedatarios que, conociendo el propósito, realicen los procedimientos médicos o formalicen los actos jurídicos correspondientes.
Las penas aumentarían hasta en una mitad cuando la gestante fuera menor de edad, perteneciera a una comunidad indígena, afromexicana, o se encontrara en condiciones de pobreza, migración u otra situación de vulnerabilidad. El incremento también se plantea cuando intervenga un servidor público o un integrante de la delincuencia organizada.
La mujer gestante tendría un tratamiento distinto: el proyecto la excluye como responsable del delito de explotación reproductiva y le reconoce la calidad de víctima, con acceso a protección, asistencia y reparación. Esa distinción coloca la persecución penal sobre quienes contratan, organizan o facilitan los acuerdos.
Para los establecimientos, la propuesta prevé consecuencias adicionales. Sus responsables podrían enfrentar de cuatro a nueve años de prisión, multas de 10 mil a 15 mil UMA y la clausura definitiva si permiten los procedimientos o no procuran impedirlos mediante los recursos lícitos a su alcance. La misma pena se plantea para quienes operen agencias o negocios de intermediación.
En el Código Penal Federal se propone una figura específica para la entrega o recepción de una persona recién nacida en cumplimiento de un acuerdo de gestación subrogada, cuando el hecho no constituya trata de personas. La sanción sería de ocho a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa.
Ese apartado también comprendería la simulación de un parto, la alteración o falsificación del registro de nacimiento y la entrega de datos falsos a autoridades registrales o judiciales con esa finalidad. El texto establece que no se procedería contra la mujer que gestó.
De acuerdo con la información del turno legislativo, la iniciativa fue enviada a las comisiones unidas de Salud y de Justicia para dictamen, y a la Comisión de Derechos Humanos para opinión. Las disposiciones descritas son propuestas y no deben presentarse como sanciones ya vigentes.
El debate tendrá que examinar las consecuencias de una prohibición que abarcaría tanto los acuerdos remunerados como los gratuitos. También deberá precisar cómo se protegerían la autonomía y la salud de las mujeres, los derechos de las personas nacidas mediante estos procedimientos y su certeza jurídica. La discusión no termina en la duración de las penas: incluye determinar si el modelo propuesto ofrece protección efectiva frente a la explotación y cómo atendería las situaciones que pretende sancionar.





