InicioYucatánExcentan a Ejécito de Manifestación de Impacto Ambiental para obras en Bacalar

Excentan a Ejécito de Manifestación de Impacto Ambiental para obras en Bacalar

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informa que con fecha 27 de marzo de 2025 notificó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) la resolución al trámite denominado “Exención de la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental” para realizar el mantenimiento y sustitución de diferentes componentes al inmueble en Bacalar, Quintana Roo, con el fin de brindar seguridad e integrar componentes más sustentables y adecuados al espacio en donde se encuentra ubicado.

Dicho inmueble, construido desde 1983 en un predio cedido a Defensa por parte del Gobierno del estado de Quintana Roo, presentó desgastes y daños estructurales, por lo que la dependencia solicitó ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) una exención de Manifestación de Impacto Ambiental para realizar trabajos de rehabilitación y mantenimiento.

La razón por la que se pidió dicha exención, con el número de Trámite SEMARNAT-04-006, es porque el proyecto implica una intervención que no genera desequilibrio ecológico o transgrede la normatividad aplicable en materia ambiental, previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental.

La Secretaría de la Defensa Nacional considera implementar medidas preventivas y de mitigación durante el desarrollo de las actividades, con el fin de proteger los factores bióticos y abióticos que integran el ecosistema de la Laguna de Bacalar.

La Secretaría de la Defensa Nacional ocupa este inmueble como espacio de descanso para personal con estrés postraumático a consecuencia de agresiones sufridas en operaciones de alto riesgo y otros actos del servicio para coadyuvar a su recuperación física y mental.

Corresponderá a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizar los actos de inspección y vigilancia ambiental para verificar la correcta aplicación de las medidas preventivas y de mitigación consideradas en el resolutivo de autorización de la exención otorgada al proyecto, y en caso de incumplimiento, iniciar el procedimiento administrativo correspondiente.

 

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