CIUDAD DE MÉXICO.— La jueza federal Blanca Lobo Domínguez otorgó una suspensión definitiva al líder nacional del PRI, Alejandro Moreno; por lo que ordenó a la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, a no difundir más información ni realizar declaraciones sobre el dirigente partidista.
En su resolución, la titular del Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa también ordenó a las autoridades de Campeche que realicen las gestiones necesarias para que se elimine de internet y redes sociales la información donde la mandataria exhibió al priista.
“El efecto de la medida cautelar implicaría el que las autoridades responsables se abstengan de continuar realizando publicaciones de la naturaleza de las controvertidas por el quejoso, así como que lleven a cabo los actos necesarios para eliminar de Internet y de redes sociales las publicaciones reclamadas.
“Lo que se traduce en que únicamente la información, las manifestaciones, declaraciones y comentarios de las responsables en los términos reclamados dejen de hacerse públicos”, resolvió la jueza Lobo Domínguez.
Ojo: Con influencias quién no: Juez otorga suspensión definitiva a favor de @alitomorenoc, la cual obliga a @LaydaSansores a no revelar más audios del presidente nacional del @PRI_Nacional. https://t.co/bs1SusU15y pic.twitter.com/t7fYK6aFJL
— Los Reporteros MX (@ReporterosMX_) November 14, 2022
El amparo promovido por Alejandro Moreno estuvo derivado de la presentación de información en su contra el 4 de octubre pasado, en el programa El Martes del Jaguar, de la gobernadora Layda Sansores, en donde se transmitieron imágenes con su nombre y fotografía y simulando una conversación en la plataforma de WhatsApp.
⇒ En esa ocasión, Layda Sansores dio a conocer una serie de conversaciones en donde el priista presuntamente regalaba automóviles a sus empleados por seguir sus órdenes, al igual que temas de brigadeo en las elecciones 2021.
Alejandro Cárdenas demandó la protección de la justicia para que no se vuelvan a difundir audios o fotografías o conversaciones escritas que son privadas. La juzgadora estimó que con el otorgamiento de la suspensión solicitada no se causa una afectación mayor a la sociedad o a disposiciones de orden público.
Sin embargo, la juzgadora aclaró que esto no implica que se prive a la sociedad de acceder a información sobre el quejoso de diversa naturaleza a la reclamada o que se difunda o provenga de agentes de información diversos y que se encuentre ya en Internet o en redes sociales.
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EM/dsc
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