- La reforma sobre derechos de autor contempla sanciones de hasta 40 mil UMA bajo supuestos específicos; entre advertencias de censura, el proyecto fue enviado al Ejecutivo.
La protección de los derechos de autor y los riesgos para la libertad de expresión dividieron al Senado durante la aprobación de una reforma sobre responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet. El dictamen avanzó con 72 votos a favor y 37 en contra en lo general, y 70 a favor y 37 en contra en lo particular, tras rechazarse cuatro propuestas de modificación del PAN y Movimiento Ciudadano.
El proyecto reforma el artículo 114 Octies y añade los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor. Establece supuestos para responsabilizar a proveedores por infracciones de sus usuarios, entre ellos incumplir los requisitos legales, contribuir a una conducta infractora con conocimiento de ella o tener capacidad de controlarla y obtener un beneficio financiero directamente atribuible a esa actividad.
Las sanciones, a cargo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, van de 5 mil a 40 mil UMA, de mil a 5 mil UMA o de 500 a mil UMA, según la infracción. Se prevé además una multa adicional de 100 a 500 UMA para quien persista en ella.
Entre las condiciones para quedar exentos de responsabilidad por daños y perjuicios, los proveedores deberán contar con una política de suspensión del servicio a infractores reincidentes. Esta tendrá que publicarse permanentemente en su sitio, incorporarse a sus términos y condiciones e incluir mecanismos mínimos de notificación al usuario.
Durante el debate, el presidente de la Comisión de Economía, Emmanuel Reyes Carmona, sostuvo que no habrá sanciones por la mera prestación del servicio ni mecanismos de censura previa. Morena defendió los cambios como una armonización con el T-MEC, mientras PAN, PRI y MC advirtieron riesgos para contenidos críticos, investigaciones y expresiones satíricas.
El documento fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. Su aprobación legislativa aún debe distinguirse de su entrada en vigor.





